Defensa de la confidencialidad individual frente a otros intereses generales que pueden justificar una excepción motivada a los derechos del paciente:
- Estudios epidemiológicos.
- Situaciones de riesgo grave para la salud de la colectividad.
- La investigación y los ensayos clínicos.
Concepción comunitaria del derecho a la salud: interés singular de cada individuo e intereses de agentes y bienes jurídicos referidos a la salud pública, que deben ser considerados, con la relevancia necesaria, en una sociedad democrática avanzada.
(Consejo de Europa, Recomendación de 13 de febrero de 1997, relativa a la protección de los datos médicos).
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