La competencia de la creación y actualizacion de la Historia Clínica es del profesional médico que realiza la asistencia sanitaria a la persona, siendo él, el único agente que está autorizado para anotar en la Historia Clínica la recogida y actualización de los datos relativos a la salud en ella contenidos.
Obviamente, cuando se trate de la hoja de enfermería, es el profesional de enfermería el responsable.
También cuando son varios médicos los que atienden al paciente (por ejemplo, el cirujano, el médico de guardia, el especialista...) es en cada caso cada médico.
Todo ello justifica de nuevo la necesidad de que cada profesional se identifique claramente en su intervención dentro de la historia.
De hecho, la ley 41/2002 define perfectamente la figura del médioco responsable.
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