domingo, 22 de septiembre de 2013

5.3. ¿Por cuanto tiempo se ha de custodiar la Historia Clínica?

En la ley nacional, mínimo 5 años.
Los centros sanitarios tienen la obligación de conservar la documentación clínica para la debida asistencia al paciente durante el tiempo adecuado a cada caso y, como mínimo, cinco años contados desde la echa de alta de cada proceso asistencial.

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